Características del Sistema. Las cámaras de comercio deberán contar con un Sistema de Control Interno que esté acorde con el tamaño de la entidad, el número de empleados, el valor de los activos, los ingresos y el número de sedes o seccionales, entre otros. Le corresponde a la administración de las cámaras de comercio definir la estructura, las políticas y diseñar los procedimientos que deberán implementarse. También deberá asegurarse de que se ajusten a las necesidades de la entidad y que las funciones asignadas se desarrollen adecuadamente en condiciones de seguridad, transparencia y eficiencia. El Control Interno se deberá diseñar, implementar y mantener con el fin de responder a los riesgos identificados que amenazan la consecución de cualquiera de los objetivos de la cámara de comercio relacionados con: - La efectividad y eficiencia de las operaciones. - La fiabilidad de la información financiera de la cámara de comercio. - El cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Artículo 2.3.2.1
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.