º . Adopción por decreto. Transcurridos sesenta (60) días desde la presentación del proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento Territorial o de alguno de sus contenidos al Concejo municipal o distrital sin que éste la adopte, el Alcalde podrá adoptarla por decreto.
Decreto 932 de 2002 →Vigente
Artículo 6
Decreto 932 de 2002 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 388 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.