Micelio

Artículo 1

Ley 127 de 1937 · por la cual se aprueba una Convención con España, sobre equivalencia de títulos profesionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el Convenio incluido en las notas preinsertas, fechadas en 30 de septiembre de 1935, y cruzadas entre la Legación de Colombia en Madrid y el Ministerio de Estado.

Para dar cumplimiento al artículo 2° de esta Convención, se establecerá una rigurosa compensación numérica entre los profesionales de ambos países y para tal fin las entidades encargadas de expedir las respectivas licencias de ejercicio profesional se mantendrán informadas de los organismos que ambos países crearán para este efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 127 de 1937