º Dentro de los diez (10) días siguientes a la respectiva liquidación mensual, Ecopetrol transferirá al Tesoro Nacional, Departamental, Intendencial, Comisarial o Municipal, según el caso, el valor en moneda legal de las regalías y participaciones recibidas, de acuerdo con los precios de liquidación fijados mediante resolución del Ministerio de Minas y Energía.
Decreto 2734 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º Dentro De Los Diez (10) Días Siguientes A La Respectiva Liquidación Mensual, Ecopetrol Transferirá Al Tesoro Nacional, Departamental, Intendencial, Comisarial O Municipal, Según El Caso, El Valor En Moneda Legal De Las Regalías Y Participaciones Recibidas, De Acuerdo Con Los Precios De Liquidación Fijados Mediante Resolución Del Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 2734 de 1985 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 10 de 1961 y el Decreto 1246 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.