Micelio

Artículo 1

Criterios Para La Celebración De Los Convenios De Asesoría Y Asistencia

Decreto 339 de 1992 · por el cual se reglamentan los artículos 6° literal w) y 71, literal d), del Decreto Extraordinario número 1642 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Criterios Para La Celebración De Los Convenios De Asesoría Y Asistencia. Los convenios de asesoría y asistencia a que se refieren los artículos 6º, literal w), y 71, literales a) y d) y su

Parágrafo

, del Decreto 1642 de 1991, se sujetarán en su celebración a los criterios de conveniencia y a los métodos técnicos expresados en la etapa de negociación que adelanten la entidad territorial solicitante, y la Dirección General de Apoyo Fiscal por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. De igual forma, las condiciones para la atención de los gastos que origine la ejecución de los programas de asesoría y asistencia, quedarán establecidos de manera expresa en el texto del respectivo convenio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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