°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Decreto 3426 de 2004 →Vigente
Artículo 4
Vigencia
Decreto 3426 de 2004 · por el cual se adiciona el Decreto 2788 del 31 de agosto de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.