Micelio

Artículo 4

El Instituto De Crédito Territorial Y El Gobierno Nacional Celebrarán En El Banco De La República Un Contrato De Fideicomiso Para La Emisión Y El Servicio De Los "bonos De Vivienda Y Ahorro" Autorizados Por Medio Del Presente Decreto, Contrato Que Solamente Requerirá Para Su Validez La Aprobación Del Presidente De La República, Previo Concepto Favorable Del Consejo De Ministros

Decreto 1465 de 1953 · Por el cual se fomenta la construcción de viviendas económicas por intermedio del Instituto de Crédito Territorial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Instituto de Crédito Territorial y el Gobierno Nacional celebrarán en el Banco de la República un contrato de fideicomiso para la emisión y el servicio de los "Bonos de Vivienda y Ahorro" autorizados por medio del presente decreto, contrato que solamente requerirá para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1465 de 1953