Micelio

Artículo 1

Gobierno Ejecutivo

Ley 92 de 1896 · por la cual se hace una concesión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Del Tesoro nacional se concede á favor del doctor Manuel Antonio Sanclemente, por una sola vez, la suma de doce mil pesos ($ 12,000), en retribución de sus importantes servicios á la causa desde el año de 1838, y como justa indemnización de los perjuicios sufridos por él en sus intereses en las guerras civiles y conmociones populares que se han sucedido en el país á partir del año de 1850 hasta 1876.

Esta suma se considera incluida en el Presupuesto de la vigencia próxima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 92 de 1896