Micelio

Artículo 94

Uso De Dragas En La Explotación De Aluvión

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Uso de dragas en la explotación de aluvión . En las explotaciones de aluviones permitidas con dragas de cucharas o cangilones, se debe tener en cuenta lo siguiente

1.

El piso de la draga y los lugares por donde transita personal deben permanecer limpios de barro, arena, repuestos o cualquier tipo de obstáculos;

2.

Proteger con guardas, las correas, poleas, piñones, tornillos en movimiento que sobresalgan y los motores en movimiento;

3.

Los puentes, plataformas, escaleras y en general las áreas de circulación deben tener el piso hecho en láminas de alfajor u otro material, que cumpla con la función antideslizante, y los pasamanos poseer una malla protectora u otro elemento de protección;

4.

La pendiente de las escaleras no debe ser mayor de cincuenta (50) grados con respecto a la horizontal;

5.

Todo puente, plataforma o escalera, debe tener pasamanos que garantice la seguridad de las personas;

6.

Todo el personal que labore en la escalera, el puente y en general en plataformas, debe disponer de equipo de protección personal para trabajos en alturas que lo sujete a la estructura;

7.

No se debe trabajar en la línea de operación de cucharas o permanecer en el radio de acción mientras estas se encuentran en movimiento;

8.

Diseñar y poner a funcionar un sistema de señales sonoras y lumínicas que puedan ser escuchadas y vistas en toda la draga, que indique cuando se para o pone a funcionar la maquinaria, o cuando la línea de carga asignada al buque ha sido sumergida;

9.

Señalizar y demarcar las zonas explotadas con maquinaria pesada tipo retroexcavadora, elevadoras y otras con el fin de prevenir caídas de personal y animales dentro del área, al igual que, indicar claramente la ubicación de todos los dispositivos de salvamento; 10. 10.Toda persona que se encuentre en la draga o planta flotante de tratamiento debe usar chaleco salvavidas; 11. Disponer de botiquín portátil de primeros auxilios, de acuerdo con el tipo de riesgos a los cuales están expuestos los trabajadores que las operan, camilla, sistema de comunicación y extintores portátiles; y, 12. Evitar represar las corrientes de agua.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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