Micelio

Artículo 27

Queda Terminantemente Prohibido El Pago Con Cargo A Recursos Propios Del Tesoro Intendencial De Servicio Personales Y Gastos Generales De Entidades Distintas A Las De La Intendencia, Salvo Lo Que Se Puede En Convenios Especiales O Sea Dispuesto Por La Ley

Decreto 3646 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 006 del 15 de noviembre de 1983. expedido por el Consejo Intendencial de Casanare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicio personales y gastos generales de entidades distintas a las de la intendencia, salvo lo que se puede en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3646 de 1983