Radicador de los asuntos o expedientes de bienes vacantes urbanos, mostrencos y vocaciones hereditarias. En la sede del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y en las Regionales o Agencias, se abrirá un libro de registro, que se denominará radicador de los asuntos o expedientes de bienes vacantes urbanos, mostrencos y vocaciones hereditarias, en el que se anotará:
Nombre del denunciante.
Número de la resolución por medio de la cual se le reconoce como tal.
Número del contrato y fecha de perfeccionamiento del mismo.
Oficina o despacho donde se halla radicado el proceso, y
Todos aquellos datos necesarios para la identificación del proceso y del bien.
(Decreto 2388 de 1979, artículo 111)