Micelio

Artículo 26

Decreto 274 de 2000 · Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para el Ascenso . Para ascender en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, el funcionario deberá cumplir los siguientes requisitos

a)

Solicitud del interesado dirigida a la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular y presentada en la Dirección del Talento Humano, en su calidad de Secretaría de dicha Comisión.

b)

Tiempo de servicio cumplido, según lo consagrado en el Artículo 27 de este Decreto.

c)

Aprobación del examen de idoneidad profesional dentro del año inmediatamente anterior a aquel en el cual se cumpla el tiempo de servicio a que hubiere lugar según lo previsto en el Artículo 27 de este Decreto y previa realización del curso de capacitación a que se refiere el Artículo 28 de este estatuto.

d)

Calificación definitiva satisfactoria de la evaluación del desempeño vigente para el año calendario común inmediatamente anterior a aquel en el cual se produzca el ascenso, realizada en los términos señalados en el Artículo 32 de este Decreto. Si dicha calificación es insatisfactoria no habrá lugar al ascenso hasta la siguiente calificación definitiva, siempre y cuando ésta fuere satisfactoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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