Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1958 de 1996 · por el cual se dictan normas para el traslado de Activos y Pasivos a la Unidad Administradora Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Con el fin de asegurar la continuidad de las operaciones de administración de los activos y pasivos que pasan a la Unidad Especial y mientras se realiza la contratación de personal por parte de la Unidad Especial, el Gerente General del Inurbe, en aplicación de las normas señaladas al efecto por el Decreto 1950 de 1973, procederá a comisionar hasta 20 funcionarios del Inurbe a solicitud del Director General de la Unidad Administradora Especial, para que desarrollen funciones en la Unidad Administrativa Especial lo cual se cumplirá dentro de los cinco días siguientes a la expedición del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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