Articulo 134 . Los dineros provenientes de las tasas retributivas a que se refiere este capítulo serán destinados exclusivamente al desarrollo de programas de control y vigilancia de la contaminación del aire o la eliminación de las consecuencias nocivas que esta produzca.
Decreto 2 de 1982 →Vigente
Artículo 134
Decreto 2 de 1982 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo i de la Ley 09 de 1979 y el Decreto -Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.