° Este Decreto comenzará a regir desde el día 15 del mes en curso. Comuníquese y publíquese. Dado en Madrid (Distrito Capital), á 11 de Mayo de 1906. R.REYES El Ministro de Gobierno, GERARDO PULECIO
Decreto 555 de 1906 →Vigente
Artículo 3
Este Decreto Comenzará A Regir Desde El Día 15 Del Mes En Curso
Decreto 555 de 1906 · Por el cual se crea el Corregimiento de Caño de Loro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.