Micelio

Artículo 18

Decreto 270 de 1887 · Por el cual se reglamenta la recaudación del impuesto sobre producción y rectificación de aguardiente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 18. Una vez señalado el término del permiso, sólo podrá disminuirse por razón de fuerza mayor debidamente comprobada y con orden de la Gobernación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 270 de 1887