Micelio

Artículo 16

Decreto 2716 de 1994 · por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 30 del Decreto 1279 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los derechos. Son derechos fundamentales de los asociados

1.

Utilizar los servicios de la asociación y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social.

2.

Participar en las actividades de la asociación y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.

3.

Ser informados de la gestión de la asociación de acuerdo con las prescripciones estatutarias y/o reglamentarias.

4.

Fiscalizar la gestión de la asociación.

5.

Retirarse voluntariamente de la asociación, y

6.

Participar en las asambleas generales con voz y voto de conformidad con lo establecido en los respectivos estatutos.

Parágrafo

El ejercicio de los derechos de que trata este artículo está condicionado al cumplimiento de los deberes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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