º. Podrán también concederse préstamos a corto plazo a las Cooperativas de Vivienda que en la fecha de solicitarlos tengan una cuenta de ahorro en las correspondientes Asociación, cuyo monto y plazo no sean inferiores a los que se fije la Junta Directiva de la misma, previa consulta a la Junta de Ahorro y Vivienda.
Decreto 299 de 1973 →Vigente
Artículo 30
Podrán También Concederse Préstamos A Corto Plazo A Las Cooperativas De Vivienda Que En La Fecha De Solicitarlos Tengan Una Cuenta De Ahorro En Las Correspondientes Asociación, Cuyo Monto Y Plazo No Sean Inferiores A Los Que Se Fije La Junta Directiva De La Misma, Previa Consulta A La Junta De Ahorro Y Vivienda
Decreto 299 de 1973 · Por el cual se autoriza el funcionamiento de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.