Definiciones. Para efectos de la Ley 41 de 1993 y del presente título se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
Organismo Administrador. Persona jurídica, pública o privada que tiene a su cargo la administración, operación, mantenimiento y manejo de los Distritos de Adecuación de Tierras. Este concepto se asimilará a autoridad, entidad o empresa administradora cuando en la Ley 41 de 1993 se haga referencia a alguna de ellas.
Concesión de aguas. Título mediante el cual la autoridad ambiental confiere a una persona natural o jurídica el derecho de uso o aprovechamiento de las aguas con destino a riego en un Distrito de Adecuación de Tierras.
Zona. El área regada o drenada por un canal o dren principal.
Subzona. El área regada o drenada por los canales o drenes secundarios dentro del área de una zona.
(Decreto número 1881 de 1994, artículo 1°)