ENUMERACIÓN. Son faltas contra el compañerismo: 1º Desafiar o maltratar de palabra u obra o los compañeros o reñir con ellos. 2º Murmurar, acusar, dar informes falsos o tendenciosos contra cualquier miembro de la institución. 3º No tener con los miembros de la institución y sus familiares las consideraciones y el respeto debidos a la persona humana. 4º Usar las prendas de vestuario, equipo, armamento y demás elementos de los compañeros sin el consentimiento de éstos. 5º Presionar indebidamente a un miembro de la institución para que haga reclamaciones o acusaciones contra el superior. 6º Ejecutar cualquier acto que tienda a disociar o afectar la armonía y el compañerismo que debe existir entre los miembros de la Policía Nacional y entre éstos y los demás cuerpos armados. CAPITULOXI. DE LAS FALTAS CONTRA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.
Decreto 100 de 1989 →Vigente
Artículo 118
Decreto 100 de 1989 · por el cual se reforma el régimen disciplinario para la Policía Nacional, aprobado y adoptado por el Decreto número 1835 de 1979.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.