Micelio

Artículo 19

Inscripción De Productos Técnico Pedagógicos

Decreto 1424 de 1998 · por el cual se establece el sistema salarial de evaluación por méritos para los Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje-Sena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inscripción de productos técnico pedagógicos. Los productos técnicopedagógicos deberán inscribirse ante el Jefe del Centro respectivo, antes del 30 de junio en los formularios aprobados por el Comité Técnico Pedagógico Nacional, que deberán contener como mínimo la siguiente información

a)

Nombre e identificación del(los) servidor(es) que inscribe(n) el producto;

b)

Identificación del producto;

c)

Características del producto;

d)

Proceso de producción;

e)

Apoyo recibido por parte del Sena;

f)

Firma de quien(es) lo presenta(n);

g)

Fecha de presentación;

h)

Firma de quien lo recibe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1424 de 1998