Micelio

Artículo 47

Decreto 58 de 1989 · por el cual se reforma el Reglamento de calificación y clasificación para el personal de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elaboración . Será elaborado de acuerdo con la forma IB, Anexo 1, por la División de Sistematización de la Policía Nacional, con los siguientes datos

a)

INFORMACION PERSONAL . Código, grado, especialidad, apellidos y nombres del evaluado, estado civil, nombres y apellidos del cónyuge, número y edad de los hijos.

b)

INFORMACION PROFESIONAL. Cursos y especialidades adquiridas, indicando lugar y fecha de realización, tiempo de mando de unidades, clasificaciones obtenidas, cargos principales desempeñados y proyección del evaluado durante los últimos tres (3) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 58 de 1989