La transferencia se autoriza para los siguientes casos
a)
Continuación de estudios en la misma modalidad de Bachillerato iniciada en los INEM, ITA o CASD (Académica, Comercial, Promoción Social, Industrial y Agropecuaria).
b)
Continuación de estudios en la modalidad de Bachillerato Académico, aun cuando hayan cursado en el INEM o ITA, una modalidad diferente.