Los empleados en Carrera Administrativa deberán ser declarados insubsistentes en los siguientes casos
Cuando el funcionario en período de prueba obtenga dos (2) calificaciones de servicios sucesivas no satisfactorias.
Cuando al término del periodo de prueba el funcionario no obtenga calificación de servicios satisfactorios para ser escalafonado.
Cuando el Consejo Superior del Servicio Civil así lo disponga conforme al artículo 45 del Decreto extraordinario 2400 de 1968 y
Cuando el rendimiento del empleado escalafonado sea deficiente de acuerdo con tres (3) calificaciones de servicio sucesivas hechas con intervalos no inferiores a un (1) mes.