Micelio

Artículo 2.2.7.6.19

Museo De La Memoria

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Museo de la Memoria. El Consejo Directivo del Centro Nacional de Memoria Histórica definirá y adoptará, a propuesta del director general, los lineamientos estratégicos para la creación, construcción y puesta en marcha del Museo de la Memoria Así mismo, verificará la implementación y materialización de lo adoptado y definido en las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la materia.

Parágrafo

El director general informará al Consejo Directivo de las medidas, acciones, políticas y actividades adoptadas e implementadas para el diseño, creación, dirección y administración del Museo de la Memoria, de conformidad con las facultades que le han sido otorgadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1084 de 2015