Micelio

Artículo 6

Control

Ley 2392 de 2024 · por medio de la cual se crea y se autoriza a la Asamblea del departamento de La Guajira la emisión de la estampilla pro-hospitales públicos del departamento de La Guajira y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El control y vigilancia fiscal del recaudo, del traslado oportuno y de la inversión de los recursos provenientes del cumplimiento de la presente ley, estará a cargo de la Contraloría Departamental de La Guajira y de las municipales donde exista, sin perjuicio de las competencias de actuación en todo tiempo, que tenga el nivel central de la Contraloría General de la República, través de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), o la que haga sus veces, para la realización de las respectivas intervenciones especiales de fiscalización y especial seguimiento a que haya lugar; y de las competencias propias que en la materia puedan ejercer los organismos de veeduría ciudadana en ellos diferentes municipios.

Los resultados del control y seguimiento al recaudo y ejecución de los recursos objeto de la presente ley serán de amplia divulgación pública y de fácil consulta para la ciudadanía en atención al principio de transparencia y publicidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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