Micelio

Artículo 3

Hácense El Siguiente Contracrédito Y Crédito En El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1973, En Desarrollo Del Decreto Número 1735 De Agosto 30 Del Presente Año: Contracrédito Presupuesto De Gastos Inversión Directa Programa 05 Construcción De Carreteras Troncales Transversales Artículo 19

Decreto 1906 de 1973 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $ 35.000.000.00 y se hace un contracrédito y crédito en el presupuesto de gastos del mismo, por $ 8.050.000.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense el siguiente Contracrédito y Crédito en el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973, en desarrollo del Decreto número 1735 de agosto 30 del presente año: Contracrédito PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa Programa 05 Construcción de Carreteras troncales transversales Artículo 19. Estudios, Const, Reconst. y Pav., de la carretera Transversal Buenaventura - Bogotá Proyecto 2. Buga - Espinal $ 8.050.000.00 Crédito PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa Programa 05 Construcción de carreteras troncales transversales. Artículo 19. Estudios, Const., Reconst, y Pav. de la carretera Transversal Buenaventura-Bogotá . Proyecto 1. Buenaventura - Buga $ 8.050.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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