Micelio

Artículo 291

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 291. Todas las diaposiciones de los otros capítulos de este Código se cumplirán respecto de la Aduana de Cúcuta, siempre que en el presente no se contenga alguna especial sobre la misma materia, negocio u objeto, en cuyo caso se aplicará éste únicamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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