Micelio

Artículo 3

Ley 61 de 1958 · Por la cual se rinden honores a la memoria del eminente colombiano don Gonzalo Mejía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En sala de espera del aeródromo internacional que actualmente construye la Nación, se colocara una placa de bronce con la siguiente inscripción: "La Republica de Colombia honra la memoria de Gonzalo Mejía, gran impulsor de la aviación nacional".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1958