El Estado es el titular de la potestad sancionatoria en materia sanitaria, fitosanitaria, de inocuidad y forestal comercial y la ejerce, sin perjuicio de las competencias legales de otras autoridades, a través del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), conforme lo dispuesto en la presente ley.
Será infracción toda acción u omisión que contravenga las disposiciones establecidas en el ordenamiento jurídico en materia sanitaria, fitosanitaria, de inocuidad y forestal comercial, en especial cuando impida u obstruya el desarrollo o la ejecución de cualquiera de las siguientes actividades:
Campañas de prevención, erradicación y manejo de plagas y enfermedades.
Desarrollo de cuarentena agropecuaria.
Actividades de inspección, vigilancia y control sanitario, fitosanitario y de inocuidad.
Diagnóstico, la vigilancia epidemiológica y sanitaria animal y vegetal.
Exportación e importación de animales, vegetales, sus productos y sus subproductos y agroinsumos.
Control técnico de los insumos agropecuarios, material genético animal, vegetal y semillas para siembra.
Operación de establecimientos comerciales agropecuarios.
Inscripción o expedición de certificados de movilización de plantaciones forestales comerciales.
La aplicación del régimen administrativo sancionatorio establecido en la presente ley, por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se regirá por lo previsto en el Título III de la Ley1437 de 2011 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Lo anterior, para asegurar el debido proceso en el trámite.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en conjunto con Agrosavia y el ICA, formularán un programa de fomento y apoyo a los sistemas locales de semillas para el rescate, conservación, uso, promoción y protección de semillas criollas y nativas.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el ICA rendirán informe escrito, durante los meses de septiembre y abril de cada año, a las comisiones quintas de Senado y Cámara sobre el avance del ICA en el fortalecimiento de sus competencias, en materia de sanidad, y trazabilidad en materia agropecuaria.