Crear una Nota Complementaria Nacional en el Capítulo 90 del Arancel de Aduanas, con el siguiente texto: Nota Complementaria Nacional: 2. En la subpartida 9019.20.00.20, se entiende por equipos para el tratamiento de la apnea a los aparatos de presión positiva continua en las vías respiratorias (CPAP o BPAP, por sus siglas en inglés), portátiles/transportables, de uso unipersonal, con capacidad de tomar aire del medio ambiente, filtrarlo, humedecerlo e insuflarlo directamente al paciente por medio de un tubo y una mascarilla nasal/facial, a una presión predeterminada, con el opjetivo de mantener sus vías aéreas abiertas durante el ciclo respiratorio"
Decreto 425 de 2021 →Vigente
Artículo 2
Crear Una Nota Complementaria Nacional En El Capítulo 90 Del Arancel De Aduanas, Con El Siguiente Texto: Nota Complementaria Nacional: 2
Decreto 425 de 2021 · Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para crear la subpartida 9019.20.00.20 y una Nota Complementaria Nacional en el capítulo 90
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.