Ley 209 de 1995 · mediante la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera llevará contabilidad separada por cada unidad de producción, al igual que por cada entidad partícipe.
La contabilidad del Fondo se llevará en dólares de los Estados Unidos de América.
El Gobierno Nacional fijará las normas relativas al manejo de las cuentas y subcuentas que integran el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera, previa aprobación del Comité Directivo del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.