Los alumnos de la Escuela Superior de Agronomía que quieran profundizar los estudios de Química, Zoología, Botánica, Análisis, etc., etc., deberán continuar sus estudios en la Facultad de Ciencias Naturales, en donde serán matriculados al presentar el certificado respectivo de haber observado buena conducta en aquella Escuela y de haber ganado los cursos correspondientes.
Decreto 288 de 1923 →Vigente
Artículo 10
Los Alumnos De La Escuela Superior De Agronomía Que Quieran Profundizar Los Estudios De Química, Zoología, Botánica, Análisis, Etc
Decreto 288 de 1923 · Por el cual restablece la Escuela Superior de Agronomía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.