º . El Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en Comisión para desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República, tendrá derecho a percibir, mientras desempeñe estas funciones, una bonificación de gestión equivalente a la diferencia entre la remuneración mensual que por todo concepto le corresponda al empleo de Secretario de Presidencia de la República, Código 140 Grado 41 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y la remuneración mensual que por todo concepto reciba el oficial en comisión.
Los gastos a que hace referencia el presente decreto, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.