De todo sorteo de Vocales se extenderá un acta que debe firmar quien convocó el Consejo, un Secretario, el Fiscal y los procesados y defensores que están presentes.
Cuando los sindicados sean militares o civiles al servicio de las Fuerzas Armadas que no pertenezcan por destinación a las Brigadas, Bases Aéreas o Navales o buques de guerra, el Comandante General de las Fuerzas Armadas confeccionará una lista de seis oficiales, entre los cuales debe hacerse el sorteo.