Micelio

Artículo 32

Secretaría Centro De Estudios Aeronáuticos

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría Centro de Estudios Aeronáuticos . CEA. Son funciones de la Secretaría Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, las siguientes

1.

Formular y planear la ejecución de políticas de gestión de la educación, acorde con los lineamientos establecidos a nivel nacional e internacional.

2.

Dirigir las actividades del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA como institución de educación superior.

3.

Garantizar y coordinar la oferta de programas de formación integral, enmarcados en el desarrollo de las funciones sustantivas de la educación.

4.

Promover y gestionar la investigación e innovación en el sector de aviación civil.

5.

Desarrollar programas de formación integral y actividades académicas encaminadas a fortalecer el talento humano de la entidad.

6.

Gestionar el conocimiento del que dispone la organización, a fin de apoyar el direccionamiento estratégico de la entidad.

7.

Promover la cultura de la autorregulación y autoevaluación de la gestión académica y administrativa, en aras del aseguramiento de la calidad y la excelencia educativa.

8.

Gestionar la cooperación y la movilidad académica interinstitucional, a nivel nacional e internacional, en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones y Relacionamiento Institucional.

9.

Expedir los reglamentos académicos y velar por su cumplimiento.

10.

Formular y presentar el proyecto de presupuesto de inversión y funcionamiento de la dependencia.

11.

Evaluar y hacer seguimiento a la calidad de los programas académicos ofrecidos, en coordinación con las áreas académicas.

12.

Ejecutar las acciones de bienestar tendientes a la formación integral y el desarrollo humano de la comunidad académica del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA.

13.

Atender las peticiones y requerimientos relacionados con los asuntos de su competencia.

14.

Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

15.

Mantener y administrar la documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información.

16.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1294 de 2021