Las operaciones de crédito externo e interno que garantice la Nación con cargo a las autorizaciones de los artículos 5° y 7° requerirán del concepto previo de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, el cual deberá rendirse con anterioridad a la autorización del CONPES y dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha para la cual haya sido citada por escrito para tal efecto por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Ley 43 de 1987 →Vigente
Artículo 9
Ley 43 de 1987 · por la cual se regulan varios aspectos de la Hacienda Pública en materia de presupuesto, crédito público interno y externo, impuestos directos e indirectos, se conceden y precisan unas facultades extraordinarias, se establece una inversión forzosa y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.