Compete al Instituto de Bienestar Familiar la canalización de la ayuda externa a los programas de bienestar del menor y de la familia, y es deber suyo prestar cumplida asistencia técnica a los establecimientos que auxilie o patrocine.
Decreto 398 de 1969 →Vigente
Artículo 23
Compete Al Instituto De Bienestar Familiar La Canalización De La Ayuda Externa A Los Programas De Bienestar Del Menor Y De La Familia, Y Es Deber Suyo Prestar Cumplida Asistencia Técnica A Los Establecimientos Que Auxilie O Patrocine
Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.