º Los empleados de que trata este Decreto, tendrán derecho a un auxilio de transporte en los mismos términos y cuantías establecidos en el Decreto número 2721 de 1984 y demás normas que lo adicionen o modifiquen, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4º.
Decreto 98 de 1986 →Vigente
Artículo 5
º Los Empleados De Que Trata Este Decreto, Tendrán Derecho A Un Auxilio De Transporte En Los Mismos Términos Y Cuantías Establecidos En El Decreto Número 2721 De 1984 Y Demás Normas Que Lo Adicionen O Modifiquen, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo 4º
Decreto 98 de 1986 · por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.