El testamento solemne i abierto debe otorgarse ante el respectivo Notario o su suplente i tres testigos.
Todo lo que en el presente Código se diga acerca del Notario, se entenderá respecto del suplente de éste en ejercicio, en su caso.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El testamento solemne i abierto debe otorgarse ante el respectivo Notario o su suplente i tres testigos.
Todo lo que en el presente Código se diga acerca del Notario, se entenderá respecto del suplente de éste en ejercicio, en su caso.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.