Seguimiento y evaluación a la ejecución de los Planes de Vida Digna. La implementación de los Planes de Vida Digna estará a cargo de la ANT y la ADR en lo correspondiente a sus competencias y disponibilidades presupuestales, en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y contará con la concurrencia de recursos humanos, técnicos y presupuestales de las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural y de la organización representativa del TECAM.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural deberá realizar cada año de manera participativa el seguimiento y monitoreo a los Planes de Vida Digna y la evaluación se realizará cuando transcurra el periodo de tiempo establecido para su ejecución.
En los casos donde las TECAM se traslapen con zonas de reserva forestal de Ley 2ª de 1959, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible verificará que la zonificación y manejo ambiental contenida en los Planes de Vida Digna cumpla con los determinantes ambientales y las condiciones propias de estas zonas.
TEXTO CORRESPONDIENTE A