El Gobierno Nacional contratará con la Federación Nacional de Arroceros la inversión de los fondos recaudados en razón de lo dispuesto en la presente Ley, con destino al incremento de la industria arrocera, para mejorar su calidad, atender al consumo interno y propender por aumentar el cupo de exportación.
Ley 101 de 1963 →Vigente
Artículo 4
Ley 101 de 1963 · Por la cual se establece la cuota de fomento arrocero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.