Micelio

Artículo 2.4.5.4.3

Evaluación De La Política De Reconciliación, Convivencia Y No Estigmatización

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Evaluación de la política de reconciliación, convivencia y no estigmatización. Con el fin de contar con una valoración de la Política Pública de Reconciliación Convivencia y No Estigmatización para determinar su relevancia, eficiencia, efectividad, impacto y/o sostenibilidad, el Gobierno nacional y las entidades territoriales destinarán los recursos necesarios para la generación de una línea base y la realización de una evaluación ya sea de operaciones, institucional, resultados o de impacto.

Parágrafo

El Departamento Nacional de Planeación, con la participación del Ministerio del Interior definirá si la evaluación de la Política Pública de Reconciliación Convivencia y No Estigmatización será priorizada en la Agenda de Evaluaciones del mencionado Departamento y en qué vigencia será realizada.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015