Subdirección Inmobiliaria . Son funciones de la Subdirección Inmobiliaria, las siguientes
Elaborar y ejecutar los planes de acción para la el desarrollo de los procesos de gestión social e inmobiliaria de los proyectos a cargo de la Agencia.
Adelantar los procesos de gestión social con la población asentada en las áreas de intervención de los proyectos, mediante la socialización de los mismos.
Coordinar las actividades de reconocimiento y liquidación de las compensaciones económicas derivadas de los procesos de acompañamiento social en los proyectos que adelante la Agencia.
Realizar estudios e investigaciones de mercado para establecer las condiciones y necesidades en materia de sedes de gobierno, así como para la definición de los estándares comerciales que servirán de insumo para la elaboración de los modelos financieros de los proyectos que estructure la Agencia.
Establecer los parámetros para la estandarización de los procesos de gestión inmobiliaria que adelante la Agencia.
Definir y promover el portafolio de servicios de la Agencia.
Asesorar a los organismos y entidades públicas del orden nacional y territorial en la identificación de necesidades de plantas físicas o proyectos de infraestructura urbana y social, y prestar servicios de corretaje inmobiliario a las entidades que lo requieran.
Adelantar las gestiones necesarias para la adquisición de los inmuebles requeridos para el desarrollo de los proyectos, así como comercializar aquellos que resulten de la ejecución de los mismos de acuerdo con las funciones de la Agencia.
Administrar los bienes inmuebles asociados a la ejecución de los proyectos a cargo de la Agencia.
Diseñar e implementar los mecanismos que fomenten la participación del sector privado en la comercialización de los proyectos a cargo de la Agencia.
Realizar seguimiento a la ejecución de los proyectos de gestión inmobiliaria a cargo de la dependencia.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del sistema integrado de gestión institucional y la observancia de las recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Las demás que le sean asignadas de conformidad con lo establecido en la ley.