Micelio

Artículo 20

Contraprestación Del Servicio De Telefonía Pública Básica Conmutada

Decreto 2041 de 1998 · Por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Contraprestación del servicio de Telefonía Pública Básica Conmutada. El valor de la contraprestación por concepto de la prestación del servicio de Telefonía Pública Básica Conmutada Local y Local Extendida se rige por sus títulos habilitantes y sus normas especiales previstas en la Ley 142 de 1994 y sus normas reglamentarias, sin perjuicio de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico que requiera, los cuales darán lugar al pago de las contraprestaciones establecidas en el Capítulo 3 de este Título, y en el Título VII cuando sea del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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