Micelio

Artículo 11

Maestros Y Profesores Cuyas Solicitudes De Inscripción O Ascenso En El Escalafón Se Encuentren En Trámite Al Entrar En Vigencia El Presente Decreto Tendrán Derecho A Que Se Resuelve Sus Peticiones De Acuerdo Con Las Disposiciones Anteriores Y A Que Se Les Inscriba En La Categoría Del Nuevo Escalafón Que Corresponda A Aquella Del Anterior Escalafón En Que Quedaren Clasificados

Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Maestros y profesores cuyas solicitudes de inscripción o ascenso en el escalafón se encuentren en trámite al entrar en vigencia el presente Decreto tendrán derecho a que se resuelve sus peticiones de acuerdo con las disposiciones anteriores y a que se les inscriba en la categoría del nuevo escalafón que corresponda a aquella del anterior escalafón en que quedaren clasificados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 223 de 1972