º. Para iniciar los estudios y obras de instalación y reconstrucción, destínase la suma de trecientos mil pesos ($ 300.000.00), para la Jefatura Civil y Militar, y autorízase al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para hacer los traslados y abrir los créditos que sean necesarios.
Decreto 2931 de 1955 →Vigente
Artículo 5
Para Iniciar Los Estudios Y Obras De Instalación Y Reconstrucción, Destínase La Suma De Trecientos Mil Pesos ($ 300
Decreto 2931 de 1955 · Por el cual se crea la Jefatura Civil y Militar de Cunday
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.