Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1420 de 1994 · por el cual se adiciona al régimen pensional para los Procuradores Delegados ante la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El régimen pensional aplicable a los Procuradores Delegados que al momento de adquirir estos derechos se encuentren ejerciendo el cargo ante la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, será el mismo que corresponda a los magistrados o consejeros de estas corporaciones. El régimen pensional de que trata el inciso anterior es incompatible con cualquier otro régimen, sea en forma total o parcial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1420 de 1994