Micelio

Artículo 49

Cargos En Agregadurías

Decreto 1791 de 2000 · por el cual se modifican las normas de carrera del Personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 49. CARGOS EN AGREGADURÍAS. Los integrantes del nivel ejecutivo, suboficiales y agentes, podrán ser destinados como secretarios o auxiliares de las agregadurías policiales. CAPITULO VI DE LA SUSPENSIÓN, RETIRO, SEPARACIÓN Y REINCORPORACIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1791 de 2000