Micelio

Artículo 13

Ley 105 de 1922 · Sobre colonias penales y agrícolas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A cada relegado se le señalara para su cultivo una hectárea de tierra, y si tuviere familia que mantener, hasta dos; y el Gobierno lo auxiliara con herramientas, semillas y medios de subsistencia, hasta la recolección de la primera cosecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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